
Con 16 votos a favor y cuatro salvamentos, el Consejo de Estado ratificó las facultades de la Procuraduría General de la Nación, para sancionar a electos por voto popular, pero con una salvedad. Los fallos serán revisados por ese alto tribunal.
Esa revisión aplica para los suspendidos, destituidos e inhabilitados a partir de ahora.
El magistrado ponente fue el vicepresidente del Consejo de Estado, Luis Alberto Álvarez Parra.
La decisión cumple con lo exigido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de la demanda por la destitución de Gustavo Petro cuando era alcalde de Bogotá en el año 2014, que establecía que solamente la procuraduría no podía apartar de su cargo a quienes sean electos por voto popular.